El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha llegado a un consenso con sindicatos y empresarios para legislar sobre las reformas pendientes en el ámbito de las pensiones y la Seguridad Social. Aunque se espera la publicación del texto definitivo, este pacto abarca seis aspectos fundamentales que han sido objeto de negociación desde diciembre de 2023. Algunos de estos puntos quedaron sin resolver en la reforma de pensiones de 2021.
Aspectos Clave del Acuerdo
Los elementos centrales del pacto incluyen: jubilación parcial, jubilación demorada, jubilación activa, establecimiento de coeficientes reductores para la jubilación anticipada, mayor colaboración de las mutuas en las bajas laborales y un sistema para integrar las lagunas de cotización de los trabajadores fijos discontinuos. Este acuerdo mejora la compatibilidad de las pensiones con el trabajo, facilitando una jubilación más flexible y adaptada a las necesidades actuales.
Jubilación Parcial Accesible desde los 62 Años
El acuerdo modifica los tipos de jubilación parcial, tanto en el ámbito general como en el sector de la industria manufacturera. La jubilación parcial general ahora permite acceder a ella desde los 62 años, lo que representa un avance respecto a la normativa anterior, que sólo permitía dos años de anticipación. Para beneficiarse de esta opción, se deberán cumplir ciertos requisitos, como haber cotizado durante al menos 33 años y tener seis años de antigüedad en la empresa.
Las personas que opten por la jubilación parcial podrán concentrar el tiempo restante de su vida laboral en un único periodo, siempre que se llegue a un acuerdo en el marco de la negociación colectiva. Esta modalidad permite reducir la jornada laboral hasta un 75% en los dos últimos años de jubilación parcial y un 33% en el primer año.
Jubilación Demorada y Activa
El acuerdo también introduce incentivos para retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria, aumentando así la cuantía de la pensión. Desde la anterior reforma, existe un incremento del 4% por cada año adicional de demora, y se suma un nuevo incentivo del 2% para demoras de más de seis meses pero menos de un año.
La jubilación activa, accesible tras un año de jubilación demorada, elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, permitiendo que personas con trayectorias laborales más cortas, principalmente mujeres, puedan acceder a esta modalidad. También se reconoce la compatibilidad de la jubilación activa con los incentivos por demora.
Jubilación Anticipada para Trabajos Dificultosos
El acuerdo introduce medidas para facilitar la jubilación anticipada de aquellos que trabajan en condiciones penosas o peligrosas. Se considerará la penosidad en función de la edad y el género, y se prevé crear un grupo de trabajo para estudiar la situación de determinados sectores. Este grupo deberá constituirse en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la normativa y valorar las ocupaciones para analizar la posibilidad de jubilación anticipada.
Mejoras para Trabajadores Fijos Discontinuos
El texto también aborda un perjuicio que afectaba a los trabajadores fijos discontinuos. Se restablece el coeficiente adicional de cotización del 1,5% que se eliminó en la reforma anterior, beneficiando a aquellos que trabajan de manera parcial durante determinados días del mes o del año.
Papel de las Mutuas en el Proceso de Recuperación
Finalmente, se ha establecido un marco de colaboración entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, los Servicios Públicos de Salud y las mutuas para acelerar los procesos de recuperación en patologías traumatológicas. Los médicos de los Servicios Públicos de Salud serán los encargados de solicitar pruebas diagnósticas y tratamientos, garantizando que estos procedimientos se realicen de acuerdo con los tiempos óptimos de recuperación.