El testamento es un documento legal en el que una persona deja establecida la distribución de su patrimonio para después de su fallecimiento. Este procedimiento está regulado en el Código Civil, permitiendo así evitar la aplicación de las normas de sucesión sin testamento, conocidas como abintestato.
¿Qué es un testamento?
El término "testamento" se refiere tanto al acto de expresar voluntades finales como al documento que contiene estas disposiciones. Es el medio mediante el cual una persona, llamada testador, puede definir el destino de sus bienes y, si así lo desea, establecer tutores para hijos menores, asignar bienes específicos o dejar ciertas instrucciones.
Artículo 667 del Código Civil: El testamento es el acto mediante el cual una persona dispone de todos sus bienes, o de parte de ellos, para después de su muerte.
El testamento debe redactarse con asistencia profesional para asegurar su validez y exactitud, además de evitar conflictos con las normas legales. Todas las personas pueden otorgar testamento, salvo ciertos casos específicos:
Menores de catorce años.
Personas que no puedan expresar su voluntad, incluso con asistencia.
Artículo 663 del Código Civil.
No es obligatorio otorgar testamento, pero en su ausencia se aplicarán las reglas de sucesión intestada, donde el reparto del patrimonio no depende de la voluntad del fallecido.
Personas implicadas en el testamento
El testador es quien dispone la distribución de su patrimonio. Dentro del testamento, se pueden establecer herederos y legatarios:
Herederos: Son sucesores de una parte del patrimonio de manera general y no específica.
Legatarios: Reciben bienes o derechos específicos designados por el testador.
Por ejemplo, si el testador posee varias propiedades, puede legar a cada amigo íntimo una propiedad específica, mientras que el resto de los bienes se distribuirán entre los herederos de acuerdo con las proporciones indicadas.
Para facilitar esta distribución, el testador puede designar albaceas o personas encargadas de organizar el reparto del patrimonio.
Las legítimas
En algunos casos, ciertos familiares, llamados "herederos forzosos" o "legitimarios," tienen derechos sobre una parte del patrimonio. En particular, los hijos y descendientes son herederos forzosos y, en su presencia, el patrimonio se divide en tres partes:
La legítima estricta: Un tercio del patrimonio, dividido entre los herederos forzosos.
El tercio de mejora: Un tercio que puede asignarse a herederos forzosos a discreción del testador.
El tercio de libre disposición: Un tercio que el testador puede destinar a quien desee, sin restricciones.
Además de los descendientes, el cónyuge viudo también tiene derechos sobre la herencia, siempre que no exista una separación legal o de hecho. En caso de no tener descendientes, los padres del testador también cuentan como legitimarios.
Disposiciones testamentarias
El testador puede añadir disposiciones adicionales, siempre que respeten los derechos de los herederos forzosos. Una vez calculadas las legítimas, el testador puede asignar el resto de sus bienes como prefiera, bien sea a personas o a determinados fines. También puede designar tutores o establecer cargas en el testamento.
Tipos de testamento
Los testamentos pueden ser comunes o especiales:
Testamento ológrafo: Redactado de puño y letra por el testador, incluye la fecha y puede ser fácilmente anulado si no cumple con los requisitos formales.
Testamento abierto notarial: Redactado ante notario, quien registra el documento y garantiza su validez legal. Su coste ronda los 50 €, una opción preferible debido a la asesoría jurídica que ofrece y la confidencialidad del documento.
Testamento cerrado notarial: El testador no revela sus últimas voluntades, pero presenta el documento cerrado ante el notario para su registro.
Impugnación del testamento
Si el testamento no respeta los derechos sucesorios de los legitimarios, puede ser impugnado para asegurar que se cumplan los derechos de los herederos.